El proceso de estudio y valoración de la persona o familia
que solicita adoptar un menor de otro país lo realizaran
las Instituciones Colaboradoras de Integración Familiar
(ICIF). La finalidad de este proceso es determinar la idoneidad
de la persona o familia que quiere adoptar para garantizar la
cobertura de las necesidades del menor y el cumplimiento de
las obligaciones establecidas legalmente, y, específicamente,
pretende garantizar que la persona o familia puede ofrecer al
menor la estabilidad, el cuidado y el respeto a sus señas
de identidad que permitan su desarrollo integral.
En la actualidad el período de valoración no puede
exceder de seis meses.
Una vez valorada de forma positiva la idoneidad de la familia,
se emiten dos documentos: el informe psicosocial, elaborado
por la ICIF, y el certificado de idoneidad, elaborado por el
ICAA siendo un documento imprescindible para que la ECAI
pueda empezar a actuar en el proceso de preparación del
expediente de solicitud de adopción.